Ley de Mediación

Información general sobre la correduría de seguros

Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 172 y 173 del Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales («BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2020), queremos informar de la siguiente información legal:

Datos de identificación de la Correduría

Denominación: Ferrer&Ojeda Asociados, Correduría de Seguros S.L.
Domicilio: Tamarit, 155-159 08015 Barcelona
Datos de inscripción en el Registro Mercantil: 43.198 60 B-33.994
Clave de inscripción en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: J-812

Participaciones de la Correduría en entidades aseguradoras y viceversa

La correduría no tiene una participación directa o indirecta del 10% o superior de los derechos de voto o del capital de una entidad aseguradora determinada.
La correduría no está participada directa o indirectamente con el 10% o superior en los derechos de voto o del capital por una entidad aseguradora determinada o matriz de dicha aseguradora.

Retribución de los servicios de la mediación

La remuneración de la correduría por la actividad de mediación consistirá en la percepción de una comisión, que estará incluida en la prima de seguro y que será abonada a la correduría por la compañía aseguradora.

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